Comunidad hereditaria
Desahucio por precario contra tercero que ocupa en exclusiva un inmueble hereditario

Imagina que, tras el fallecimiento de unos padres o abuelos, todos los hijos heredan juntos una casa, pero aún no han decidido claramente cómo repartirla, ni han hecho la partición de los bienes ni liquidado la herencia oficialmente. En ese tiempo, uno de los herederos (que incluso podría tener la mayor parte de la herencia) decide vivir y disfrutar la casa él solo, sin dejar que los demás hagan uso de ella.
Pues bien, el Tribunal Supremo (TS) ha dejado claro en una reciente sentencia que eso no se puede hacer. Todos los herederos tienen derecho a usar y disfrutar lo que han heredado, pero nadie puede apropiarse de forma exclusiva de esos bienes “comunes” aprovechando que aún no se han repartido oficialmente. Incluso si una persona tiene más parte de la herencia, eso no le da derecho a echar al resto o impedirles usar la casa, al menos hasta que la herencia se parta y cada uno reciba lo que le corresponde.
Por eso, los demás herederos pueden ir a juicio y pedir lo que se llama un “desahucio por precario”, que es básicamente una orden para que el heredero que está ocupando la casa en exclusiva la deje libre, precisamente porque la posesión es de todos y mientras no se repartan los bienes, nadie puede adueñarse del uso exclusivo. Esta doctrina ya ha sido confirmada y mantiene que la mayor parte de la herencia no da más derecho a ocupar la casa exclusiva que al resto.
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